De acuerdo a la Ley de Movilidad Humana las personas que retornan de manera voluntaria al Ecuador, después de haber permaneció dos años fuera de territorio ecuatoriano pueden acogerse a la importación de un vehículo con exoneración de tributos de comercio exterior según las siguientes condiciones:
Las personas que se ausentaron del país por motivos de estudios no podrán acogerse a este beneficio.
Es importante mencionar que el vehículo está prohibido de enajenar durante cuatro años y este tiempo será tomado en cuenta a partir de su nacionalización.
Por: Irina Echeverría Martínez