Por: David Crespo Crespo
Previo a entrar al análisis particular de la viabilidad de aplicación de la eutanasia en el Ecuador, es necesario entender su concepto desde su origen y evolución histórica, ya que dar una definición precisa y unánimemente aceptada, puede resultar complejo.
Etimológicamente, la palabra “eutanasia” proviene de dos raíces griegas: eu que significa “buena”, y tanathos que significa “muerte”, de donde se deriva la composición “buena muerte”. En la antigua Grecia, Platón recomendaba a los médicos “no cuidar a un hombre incapaz de vivir el tiempo fijado por la naturaleza, por no ser ventajoso ni para el sujeto ni para el estado”[1] y sentenciaba que "se dejará morir a quienes no sean sanos de cuerpo"[2]. Estas concepciones, más la marcada influencia del dualismo platónico en la época y en la formación del pensamiento occidental, orientaban la visión del cuerpo físico a una función relegada a un segundo plano, en relación con la función del alma, por lo cual no existía una preocupación muy marcada por extender la vida de enfermos.
Hipócrates, disidente de la concepción señalada, consideraba por el contrario, que los médicos no tienen sólo el poder para curar sino también para matar, razón por la cual, en su conocido juramento, estableció que todo médico jamás utilizaría su conocimiento y experiencia para matar, inclusive bajo petición del paciente lo cual resultada una evidente barrera para la práctica de la eutanasia.
A lo largo de la edad media, a causa de la fuerte influencia de cristianismo, tanto la eutanasia como el suicidio fueron considerados como pecado, al considerarse a Dios como el único capaz de disponer de la vida del ser humano. En el renacimiento, nuevamente se vislumbra un percepción positiva respecto a la eutanasia; Tomás Moro en su obra Utopía manifestó que “Cuando a estos males incurables se añaden sufrimientos atroces, los magistrados y sacerdotes, se presentan al paciente para exhortarle, tratan de hacerle ver que está ya privado de los bienes y funciones vitales... y puesto que la vida es un puro tormento, no debe dudar en aceptar la muerte, no debe dudar en liberarse a sí mismo o permitir que otros le liberen”[3].
Con la llegada de la modernidad, la conservación de la vida y la salud se orientaron no sólo desde una perspectiva cristiana sino desde las posibilidades de la prevención y cuidados médicos fruto del desarrollo científico y técnico aplicado al ámbito de la salud. En este contexto, fue el filósofo inglés Francis Bacon quien en el siglo XVII estudió el tema con detenimiento, llegando a varias coincidencias con Tomás Moro, entre las más importantes, la voluntad del enfermo como elemento esencial de la eutanasia; por eso “la palabra <<eutanasia>> pierde, al menos en parte, su sentido etimológico y comienza a significar la acción médica por la que se acelera el proceso de muerte de un enfermo terminal o se le quita la vida.”[4].
David Hume, contemporáneo de Bacon, sostuvo que “si el disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al todopoderoso, y fuese infringir el derecho divino el que los hombres dispusieran de sus propias vidas, tan criminal sería el que un hombre actuara para conservar la vida, como el que decidiese destruirla”[5].
Entre los siglos XVI y XVIII se desarrolló la distinción entre eutanasia activa y pasiva, entendiéndose a la primera como la acción médica positiva que acelera el proceso de muerte o, en efecto, provoca la muerte de un enfermo; mientras que a la segunda se la toma como la falta de aplicación de un procedimiento que podría prolongar la vida del paciente.
Llegando al siglo XX se emplea este término para designar una “amplia ayuda a bien morir”, a petición del enfermo desahuciado. En el año de 1920, el profesor de psiquiatría de la Universidad de Freiburg, Alfred Hoche publicó su obra "El permiso para destruir la vida indigna”, en la cual defendía a los pacientes que pedían apoyo médico para su muerte. Hoche consideraba que para que esto pueda darse debían cumplirse, al menos, tres requisitos: debía ser autorizado por tres expertos, el paciente conservaba el derecho de retractarse en cualquier momento, y los médicos que intervenían en el proceso debían gozar de la protección legal respectiva.
Durante el III Reich, el programa nacionalsocialista consideró como una “eutanasia” el exterminio masivo o la sistemática ejecución de los considerados deficientes, dementes e inválidos, impuesta oficialmente, sin que se tome en cuenta la voluntad del enfermo, dejando a los médicos nazis que dirigían los campos de concentración dicha decisión[6].
A mediados del siglo XX las corrientes a favor de la eutanasia toman mayor fuerza y comienzan a fundarse alrededor del mundo asociaciones a su favor, como la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), la Asociación Internacional de Médicos Progresistas, The Voluntary Euthanasia Society, The Euthanasia Society of America, entre otras. Adicionalmente, la discusión del tema entra en los debates políticos nacionales e internacionales desde análisis de la medicina, de la moral, de la filosofía, del derecho e, incluso, de la teología.
En el debate contemporáneo se percibe, a su vez, la ambigüedad del término por que se usa para referirse a situaciones muy diversas, lo que ha obligado a crear y utilizar neologismos para poder hablar con precisión más allá del sentido generalizado de “ayudar a buen morir” ligado a su etimología, tal como se lo encuentra en los diccionarios de uso corriente.
Como explica Luis Fernando Niño, “Al paso de los siglos, no obstante, este conciso sentido terminológico se fue tornando más y más difuso, traduciéndose en “muerte rápida y sin tormentos”, “muerte digna, honesta y con gloria”, y hasta “bella muerte”, pasando por “muerte tranquila y fácil” y “muerte misericordiosa” o “piadosa”, por nombrar solo algunos de los significados que le prodigaron”[7].
El Diccionario Enciclopédico Cultural, define la eutanasia como una “Muerte dulce, sin sufrimiento. Muerte que se produce durante un sueño, provocado generalmente mediante drogas, con el fin de evitar una agonía dolorosa…”[8]. Así mismo, el Diccionario Enciclopédico Ilustrado Océano Uno refiere el término a: “Muerte sin sufrimiento físico. Teoría que defiende la licitud de acortar la vida de un enfermo incurable, para poner fin a sus sufrimientos físicos”[9]. En estas definiciones el término denota dos elementos básicos: la presencia de la muerte como fin de la vida física del individuo, suprimiendo el dolor del afectado; y la licitud de acortar una vida humana para lograr dicho cometido.
Por eso el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española define el término eutanasia como: “Acción u omisión que, para evitar sufrimientos a los pacientes desahuciados, acelera su muerte con su consentimiento o sin él”[10]. En el campo jurídico, el Diccionario de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas es mucho más puntual al definirla como “Muerte sin dolor…”[11], pese a que, a continuación, hace la siguiente explicación adicional: “En el moderno Derecho Penal y en la medicina del siglo XX, por eutanasia se entiende la muerte piadosa que se da a los enfermos cuya curación se tiene por imposible, y cuando se encuentren sometidos a sufrimientos que los anestésicos y otros recursos de la ciencia no puedan suprimir ni siquiera paliar…”[12].
En la siguiente entrega se analizará el concepto actual dado a la palabra “eutanasia” desde las diferentes ciencias, así como una explicación detallada de conceptos relacionados a la misma que son confundidos comúnmente. Solo así, y una vez entendido en su completa extensión, se podrá realizar el análisis del caso ecuatoriano.
[1] Platón. La República, Roma, 1974, p. 407
[2] Ídem.
[3] Tomás Moro, La Utopía, Londres, J. M. Dent & Sons, 1951, pág. 98 (Utopía traducida, Pedro Rodríguez Santiadrián, Madrid, Alianza, 1984, pág. 167.
[4] Javier Fernández Gafo. 10 palabras claves en Bioética, Navarra, Verbo Divino, 1997, p. 4.
[5] J. L. Tasset, Razones para una buena muerte, Rev Iberoam Estud, 2011, pp. 153-195.
[6] Harina Bernhard. La ley de Cristo, Tomo II, Barcelona, Herder, 1961 p. 232.
[7] Luis Fernando Niño. Eutanasia, morir con dignidad: consecuencias jurídico penales, Buenos Aires, Universidad, 1994, p. 81.
[8] Editorial Cultural. Diccionario Enciclopédico Ilustrado, Cultural, Madrid, 1989, p. 711.
[9] Editorial Océano. Diccionario Enciclopédico Ilustrado Océano Uno, Océano, Barcelona, 1994.
[10] Real Academia Española. Diccionario de la Lengua Española. Internet. http://buscon.rae.es/draeI/. Acceso: junio-2008.
[11] Guillermo Cabanellas. Diccionario de Derecho Usual, Tomo II, Omeba, Buenos Aires, 1962, p. 132.
[12] Ídem.